El glosario de las GARR especifica que como entidades corporativas temporales “se incluyen grupos y acontecimientos reunidos ocasionalmente, tales como reuniones, conferencias, congresos, expediciones, exposiciones, festivales y ferias”.
Entidades corporativas temporales
Definición
Consideración o no como entidad corporativa temporal
A efectos catalográficos, se entiende como entidad corporativa temporal las reuniones profesionales para intercambio de conocimiento. Quedan excluidos de este ámbito y, por tanto, no deben ser tratados como entidades temporales a la hora de realizar accesos principales o secundarios, aquellas reuniones que tengan carácter puramente lectivo, destinadas a alumnos o personal no profesional. En sentido estricto por tanto no se consideran congresos:
- Cursos cuya finalidad sea didáctica entre profesores y alumnos o profesionales y no profesionales. Sí se consideran congresos si van destinados a profesionales o tienen carácter de intercambio científico, aunque tengan el nombre de curso.
- Concursos entre colegios, asociaciones o particulares (Ej.: Olimpiadas de matemáticas, concursos literarios).
- Competiciones deportivas
- Festejos, fiestas, desfiles y celebraciones
Todos estos nombres, no obstante, pueden ser usados como encabezamientos de materias si están encuadrados en la categoría de encabezamientos ambiguos de MARC21
Sí se consideran entidades temporales a efectos de catalogación:
- Premios de arte, certámenes, si dan lugar a una exposición con el mismo nombre: (Ej.: Premio de Pintura de Castilla La Mancha).
- Expediciones científicas, con tal que tengan nombre formal.
- Festivales de música, danza, teatro, cine, o multidisciplinares (Ej.: Festival de Otoño).
- Exposiciones y certámenes artísticos de carácter periódico, aunque no incluyan ningún término que las defina como tales (Ej.: EnseñARTE; EntreFotos; Ourense en Pé de Foto).
- Ferias comerciales.
