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Historia de la Catalogación

Los orígenes de la catalogación española se pueden rastrear en la segunda mitad del s. XVIII, en unas reglas elaboradas por Pedro García, bibliotecario de la Real Biblioteca. Estas primeras reglas de catalogación españolas acusan la influencia de Jean-Baptiste Massieu, redactor del código francés de 1791, tuvieron una corta vida y escasa influencia, ya que en 1836 se escribió el primer manual breve de catalogación español Método antiguo de hacer las cédulas para insertarlas después del índice de autor desconocido.

En 1857 un oficial de la Biblioteca Nacional, Indalecio Sancha y Moreno de Tejada publica Instrucciones para formar los índices de impresos existentes en la Biblioteca Nacional de 39 páginas con conceptos demasiado generales, lo que tratará de resolver la Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos con la publicación en 1882 de las Instrucciones para formar los índices de impresos de las bibliotecas administradas por el Cuerpo de Archiveros, Bibliotecarios y Anticuarios. Índice de autores. Índice de títulos. En estas últimas instrucciones se vislumbra la influencia de las reglas de Panizzi.

Sin embargo seguían siendo consideradas insuficientes hasta que, en 1902, se publica lo que ha sido considerado el primer código español Instrucciones para la redacción de los catálogos en las Bibliotecas Públicas del Estado, dictadas por la Junta Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, estas ya inspiradas en las “Instrucciones Prusianas” de 1899.

En la nueva edición de 1941 de las Instrucciones, se introducen modificaciones para actualizarlas y adaptarlas a la evolución de la técnica catalográfica en los primeros cuarenta años del siglo XX, que en el caso de la corriente europea de principios de siglo venía representada por el Código Vaticano de 1931. En la base de este código se encontraban las Regole italianas de 1911 completadas con reglas extraídas del Código angloamericano de 1908, con el fin de internacionalizarlo, (el cual, a su vez, refleja una clara influencia de los códigos de Panizzi, Cutter e Instrucciones prusianas). Era la mejor muestra de síntesis de la corriente europea y la norteamericana, cuya influencia se dejó sentir en mayor medida en Europa y America Latina más que en EE.UU., ya que suponía la adaptación de la práctica angloamericana a un idioma, el italiano, de características similares al español.

Con estas Instrucciones de 1941 se produce en España un giro hacia la tendencia angloamericana, que se refleja en que por primera vez aparece un apartado dedicado a entidades corporativas, se añade un listado de clásicos anónimos al listado de autores clásicos latinos del código anterior, se adopta el canon bíblico de Código Vaticano, y al igual que en este se dan normas sobre la trascripción de alfabetos no latinos, entre otros cambios; es importante también resaltar que es ahora cuando se reducen a tres los cinco autores que se reconocían antes como máximo, para la consideración o no de una obra como anónima. Esta segunda edición tuvo reimpresiones en 1945, 1955 y 1960 sin variaciones.

Con la Conferencia de París (1961) sobre Principios de Catalogación se logra un avance en la tarea unificadora y la Comisión española para la reforma de las Instrucciones decidió incorporarse a esa corriente, y así en la introducción de las Instrucciones para la redacción del catálogo alfabético de autores y obras anónimas de las bibliotecas públicas del Estado de 1964, se dice: “hubiese sido absurdo encastillarnos en la defensa de nuestras peculiaridades, de espaldas por completo a lo que en todo el mundo se hace o trata de hacerse. Por mucho cariño que a esas peculiaridades tengamos y aunque estuviésemos convencidos de que el acierto las inspira … mayores ventajas podemos obtener de sacrificarlas en el ara de la unificación”, además reconocen no hacer con ello más que continuar un camino emprendido en 1941. También se reconoce en la introducción que “la misión propia del catálogo consiste en conseguir que el lector de cultura media encuentre los libros que necesita con las menores dificultades posibles; nada mejor para ello que … encabezando las obras de cada autor por el nombre con que habitualmente es conocido, aunque no sea el que figura en su partida de nacimiento”. Este criterio, quizás menos científico pero mucho más práctico, ya existente en los códigos anteriores, es el que inspiró muchos de los cambios que se introdujeron entonces y que han perdurado hasta nuestros días.

Como consecuencia de la importante Reunión de Expertos en Catalogación, Copenhague 1969, en la que se llegó al acuerdo de establecer unas reglas internacionales para la descripción bibliográfica y poder así realizar un efectivo intercambio mecanizado de la información, surgen las Reglas de Catalogación en 1985 se publica el primer tomo dedicado a Monografías y Publicaciones Seriadas; el segundo tomo aparecerá en 1988 y aborda la catalogación de materiales especiales. Aunque se considera que estas RC son la cuarta versión de las reglas oficiales en España ya mencionadas (1902, 1941, 1964), las anteriores seguían manteniendo una estructura tradicional de dividir el contenido en cuatro grandes capítulos: normas generales, fichas principales, fichas secundarias y ordenación en el catálogo. En esta edición la estructura en capítulos está influenciada por la aparición de las AACR2 de 1978 que daba una gran importancia a la descripción, y recoge lo que ya se venía haciendo en la catalogación bibliográfica desde la aparición de las ISBD(M) de 1974 y las sucesivas ISBDs y como se dice en su Introducción “Esta nueva redacción se ha basado en el estudio no sólo de las AACR2 y de las distintas normas ISBDs, sino también en los códigos nacionales de catalogación más modernos. Tampoco se ha olvidado por completo la tradición catalográfica española”.

La edición refundida y revisada se publica en 1995, en la que se modifican algunas reglas de acuerdo a los cambios introducidos en las sucesivas ediciones publicadas de las ISBDs y además se procuran cubrir algunas lagunas tanto en la descripción bibliográfica como en otros capítulos. La refundición supuso un cambio en la estructura con la redacción de un primer capítulo con las reglas generales de descripción bibliográfica previo a los capítulos específicos para cada tipo de documento (del capítulo 2 al 12), un capítulo 13 dedicado a la descripción analítica, el capítulo 14 a la elección de puntos de acceso, el 15 a la forma de los encabezamientos, el 16 a los títulos uniformes y el 17 a las referencias. La decisión práctica de tener un capítulo con las reglas generales de descripción bibliográfica comunes a todo tipo de material y una sucesión de capítulos específicos por el contenido de esos materiales supone una mayor integración de todo tipo de materiales y menor número de diferencias en su descripción, concretando las diferencias específicas del material en su capítulo especial. Esto supuso una gran labor de síntesis en la redacción por parte de la Comisión de Revisión de las RC. La edición nuevamente revisada, y última, de estas reglas data de 1999 en la que se modifica la redacción de algunas reglas para hacerlas más precisas y se corrigen erratas.