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¿Qué se puede reproducir?

Cualquier persona o entidad puede obtener reproducciones de los siguientes documentos: 

  • Manuscritos
  • Libros y Folletos
  • Prensa
  • Revistas
  • Mapas y Planos
  • Partituras
  • Materiales gráficos: dibujos, estampas o grabados, fotografías...
  • Registros sonoros y audiovisuales
  • Documentos microfilmados
  • Documentos en soporte digital
  • De las obras que ya estén reproducidas, en principio sólo se proporcionará copia a partir del soporte existente.

Los materiales de características especiales (tamaño, peso, estado de conservación, ediciones raras y valiosas), sólo se podrán reproducir a partir de soportes alternativos.

La prensa no se puede fotocopiar directamente, como medida de conservación. Las reproducciones se obtendrán a partir de soportes alternativos.

Los dibujos, fotografías, grabados y mapas sólo se podrán reproducir mediante soporte fotográfico o digital.

Todas las copias se realizarán para uso privado. Si en algún caso se pretenden publicar o exhibir deberán solicitarse los permisos correspondientes.