Frequently asked questions

¿Qué es la Biblioteca Digital Hispánica?

La BDH es un recurso en línea que proporciona acceso libre y gratuito a miles de documentos digitalizados de la Biblioteca Nacional de España. La novedosa arquitectura tecnológica que la sustenta cumple todos los estándares y protocolos internacionales, realidad que nos facilita la contribución activa de nuestro patrimonio cultural en el proyecto de Europeana.

¿Qué puedo encontrar en la BDH?

Documentos digitalizados cuya tipología abarca desde monografías impresas del siglo XV al XX, hasta manuscritos, dibujos, folletos, carteles, grabados, atlas, mapas o planos. Para facilitar a los usuarios una exploración rápida y cómoda de todos los documentos, se ha procedido a definir colecciones, bien aplicando un criterio temático (Obras maestras, Independencia Americana, etc.), bien atendiendo al tipo documental (carteles, grabados, cartografía, etc.).

¿Qué compone la colección de Obras Maestras?

La colección de Obras Maestras se compone de una selección de obras representativas de la cultura hispánica. Para su recopilación se contó con la colaboración de un comité de expertos de reconocido prestigio quienes, trabajaron coordinados por el catedrático D. José Manuel Blecua. Estos especialistas, eminentes en cada una de sus áreas de conocimiento, asumieron la difícil responsabilidad de elegir las obras que habrían de figurar en esta primera selección de las denominadas Obras Maestras.

¿Cómo consulto los fondos de la Biblioteca Digital Hispánica?

Existen varias maneras de localizar y acceder al documento (consulte la Ayuda para más información):

  • Mediante la búsqueda sencilla,  recomendada para los nuevos usuarios que realicen búsquedas generales, y que les ofrece la posibilidad de buscar en todos los campos del registro de forma rápida e intuitiva. Por defecto, esta consulta se realiza sobre determinados campos de los registros bibliográficos procedentes del catálogo (en concreto: título, autor, materia, colección, descripción o sobre todos los anteriores...). Si selecciona la opción "Buscar en el texto de los documentos", la búsqueda se ejecutará sobre el contenido de los documentos que han sido sometidos a un procedimiento de reconocimiento óptico de  los caracteres (OCR). Esta opción hará que se recuperen muchos más resultados, pero también es posible que la recuperación no sea tan precisa como buscando sobre los campos del registro bibliográfico.
  • La búsqueda avanzada permite buscar en más de un campo a la vez, indicando también en qué índices queremos que se realice la consulta, acotando los resultados de la misma. Además, se ofrece la opción de limitar el "Tipo de documento" sobre el que se quiere realizar  la búsqueda así como la "Lengua" de los documentos.

La búsqueda a través de las colecciones, presenta diferentes tipos de colecciones para facilitar la localización de documentos así como destacar contenidos por su calidad, relevancia o actualidad.

¿Por qué no encuentro en la BDH el documento que busco?

Existen varios motivos, de tal manera que, le recomendamos que tenga en cuenta las siguientes indicaciones. 

En primer lugar, cerciórese de que busca en el campo correcto (por ejemplo, que está incluyendo el título en el campo correspondiente). Compruebe qué opciones de búsqueda tiene seleccionadas, así como la colección sobre la que ha lanzado la búsqueda. Si se encuentra realizando una búsqueda avanzada, compruebe la correcta utilización de los operadores booleanos (Y, O, NO). Si no recuerda la referencia exacta, pero sí el tipo de documento, puede intentar una búsqueda avanzada acotando por formato o tipo de documento, fecha, etc... Para más información sobre cómo llevar a cabo búsquedas consulte la Ayuda

¿Puedo obtener enlaces permanentes a registros y objetos digitales de BDH?

Sí, siempre que se cumplan las condiciones expuestas a continuación:

  • Que la inclusión de dicho enlace no tenga por objetivo finalidad lucrativa alguna y se realice únicamente para fines de investigación o conservación.
  • Que se indique siempre la fuente real del objeto digital (en este caso: Biblioteca Nacional de España); respetándose en todo momento la interfaz que por defecto se abre al realizar una consulta dentro de la BDH.
  • Que se comunique a los potenciales usuarios de este contenido que cualquier uso de las imágenes debe ser autorizado expresamente, y por escrito, por parte de la Biblioteca Nacional de España.

Estas condiciones estarían en conformidad con lo que se recoge en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual (TRLPI) modificado por la Ley 23/2006, de 7 de julio, artículos 32.1 y 37.1. Es más, no habría lugar para la remuneración por préstamo mencionada en el artículo 37.2 ya que, salvo las colecciones de Grabado Contemporáneo o colecciones similares (a las que sólo se puede acceder desde la propia sede de la Biblioteca), todo lo que se encuentra en BDH estaría en Dominio Público.

Para cualquier otra duda pueden remitirse a la legislación vigente y/o dirigirse al buzón:bibliotecadigital@bne.es

¿Puedo utilizar las imágenes de la Biblioteca Digital Hispánica?

  • Para uso privado, puede descargar libremente las imágenes que sean de obras en dominio público y por tanto estén accesibles en abierto en la Biblioteca Digital Hispánica. En la Guía de Ayuda al Usuario puede encontrar instrucciones y más información sobre la forma y posibilidades de descarga. 
  • El uso público de las obras en dominio público y accesibles en BDH (independientemente de si es con fines no comerciales, comerciales o académicos) también es gratuito y no requiere autorización previa. Solo es necesario citar la procedencia de la obra reproducida como perteneciente a los fondos de la Biblioteca Nacional de España: “Imagen procedente de los fondos de la Biblioteca Nacional de España”. 

En este caso, es necesario tener en cuenta lo siguiente: 

  • La autorización no implica ningún tipo de aval por parte de la BNE ni sobre los aspectos formales ni sobre los contenidos de la publicación, sobre los que el usuario asume la entera responsabilidad. Queda expresamente prohibido utilizar el nombre o el logotipo de la BNE con fines promocionales o publicitarios, así como la utilización de cualquier frase, signo o elemento de cualquier tipo que indique o sugiera la existencia de un aval o una participación de la BNE en la publicación. 
  • La autorización no supone en ningún caso la concesión de exclusividad. 

Toda la información sobre uso de las reproducciones de la BNE está disponible aquí.

¿Qué software utiliza la BNE para la gestión de los objetos digitalizados contenidos en BDH?

Pandora es, desde 2014, el Sistema de Gestión de Objetos Digitales que actualmente utiliza la BNE. Se trata de un desarrollo realizado íntegramente por Cran Consulting, S.L. que, basándose en el motor de indexación Full Text Lucene (desarrollo de dominio público bajo licencia de software libre de Apache), permite la indexación de archivos digitales, para su inclusión en una base de datos documental. Al ser una solución de software libre se abren las vías a nuevos desarrollos que ayuden a mejorar y enriquecer la experiencia del usuario. 

¿Qué es el depósito legal?

El depósito legal es la norma que permite a la Administración General del Estado y a las Comunidades Autónomas recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo, reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública. Su objetivo es recopilar la edición española, velar por su difusión, y preservarla y legarla a las generaciones futuras.

En el mes de mayo se aprobó la Ley 8/2022, de 4 de mayo, por la que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal. Esta modificación persigue dos grandes objetivos: por una parte, adaptar la norma a los cambios que se han producido en el sector editorial; por otra parte, armonizar la Ley 23/2011 con el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea. En depósito legal de las publicaciones en línea podrá encontrar más especificaciones sobre el depósito de este tipo de materiales.

¿Cuáles son las principales novedades de la Ley 8/2022?

  • Se incluyen en el artículo 4, entre las publicaciones objeto de depósito legal, las publicaciones impresas bajo demanda, así como los marcapáginas y los catálogos de editoriales, librerías y subastas. Además, se hace mención expresa de los videojuegos en este artículo.
  • Entre las publicaciones excluidas del depósito legal, enumeradas en el artículo 5, se han incluido las estampas originales realizadas con cualquier técnica, las fotografías editadas, los pasatiempos y las publicaciones de impresión bajo demanda destinadas a distribución en un ámbito familiar.
  • El archivo digital previo a la impresión de libros y publicaciones periódicas será depositado por los editores en el servidor del centro de conservación de la comunidad autónoma que corresponda, o en el servidor de la BNE.
  • Se ha procurado armonizar la Ley 23/2011 con el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea, insistiendo en que los editores de publicaciones en línea están exonerados de la gestión del depósito legal y que serán los centros de conservación quienes determinen qué publicaciones en línea y qué recursos se capturarán o depositarán.
  • La Filmoteca Española y las filmotecas de las comunidades autónomas quedan reconocidas como centros de conservación.
  • Se suprime la función de alta inspección de las competencias de la BNE.

¿Cómo se deposita el archivo digital previo a la impresión de libros y publicaciones periódicas?

La nueva normativa aclara que esta versión digital de la obra editada físicamente se entregará “en el formato utilizado por el editor, siempre y cuando exista dicho archivo” (Ley 8/2022, artículo único, siete, 4). Los editores, por tanto, no tendrán que modificar sus objetos digitales, si no lo desean hacer. Todos los formatos de ficheros están permitidos pero se recomienda la entrega en formato PDF, sin marcas de agua y preferiblemente en un solo archivo, de tal manera que todo el contenido de un volumen se halle en un solo archivo, evitando, por ejemplo, dividir la información en cubierta y texto.

La BNE, en colaboración con los centros de conservación de las Comunidades Autónomas, ha habilitado un espacio web para realizar el depósito de estos ficheros digitales. En este sitio, disponible en https://deposito.dl-e.es/, los editores deberán registrarse para solicitar un usuario, que le permitirá realizar el depósito de estas publicaciones, siguiendo las instrucciones recogidas en https://www.bne.es/es/conocenos/adquisiciones/deposito-legal/deposito-versiones-digitales-previas-impresion.

El sistema permite la automatización de los envíos en el caso de aquellas editoriales que contemplen esta posibilidad.

La BNE facilitará la consulta de las publicaciones recibidas en soporte digital a los centros de conservación de las distintas Comunidades Autónomas, utilizando medios seguros de acceso, respetando la legislación sobre protección de datos de carácter personal y propiedad intelectual, como se ha venido haciendo desde 2015 con las publicaciones en línea.

¿Cómo se realiza la gestión del depósito legal de los videojuegos?

Se hace mención expresa de los videojuegos en el artículo 4, entre las publicaciones objeto de depósito legal, incluyendo todos los contenidos digitales y excluyendo los objetos tridimensionales que los acompañen (Ley 8/2022, artículo único, dos, n).

La gestión del depósito legal de los videojuegos dependerá de si tienen o no soporte tangible:

Videojuegos en soporte tangible

El editor o productor solicitará a la oficina de depósito legal de su provincia el número de depósito legal. Dicho número será impreso en lugar visible del soporte de la obra. Una vez editado, y antes de su distribución o venta, el editor o el productor depositará 3 ejemplares en la oficina de depósito legal donde haya solicitado el número. Con ambas gestiones acaba la obligación del editor o productor con respecto al depósito legal de una publicación. La oficina de depósito legal, distribuirá los 3 ejemplares depositados de la siguiente forma: un ejemplar para la biblioteca autonómica, otro para la biblioteca pública de la provincia y otro para la BNE.

• Videojuegos en línea

En aquellos videojuegos que se encuentren acceso libre en internet, la responsabilidad de los editores y productores consistirá en facilitar el acceso para la captura de los recursos cuando la BNE o los centros de conservación que lo requieran. Mientras que en aquellos videojuegos que se encuentren en acceso restringido, será la BNE y/o los centros de conservación de las Comunidades Autónomas los que se pondrán en contacto con los editores o productores con sede en España y estos centros enviarán un enlace para que la empresa editora o productora realice el depósito, esto es, suba los archivos correspondientes en el formato en que se hayan editado. Con el depósito de la obra se incluirán los metadatos y herramientas o software necesario para que el videojuego pueda visualizarse de forma íntegra, de tal forma que con el paso de los años un ciudadano pueda acceder al videojuego sin merma de contenido, esto es, tal y como se editó en su momento.

 

¿Cuáles son las nuevas publicaciones objeto de depósito legal?

En la Ley 23/2011 las publicaciones impresas bajo demanda figuraban en el artículo 5 entre las obras excluidas del depósito legal. Puesto que actualmente la mayoría de los editores utilizan este método de publicación, se ha convertido en una tipología muy representativa de la edición actual, por tanto, han de ser objeto de depósito legal (Ley 8/2022, artículo único, dos, d). La cantidad de ejemplares a depositar en la Oficina de DL correspondiente será de 4 (2 para la BNE). si bien la nueva normativa contempla la posibilidad de establecer reglamentariamente la entrega de un número menor de ejemplares (Ley 8/2022, artículo único, siete, 4, a).

Además de las publicaciones impresas bajo demanda, se incluyen en el artículo 4, entre las publicaciones objeto de depósito legal, los marcapáginas y los catálogos de editoriales, librerías y subastas, pues tienen un contenido de interés bibliográfico significativo (Ley 8/2022, artículo único, dos, f, g). La cantidad de marcapáginas a depositar será de 3 (uno de ellos para la BNE). En cuanto a los catálogos de editoriales, librerías y subastas, se entregarán 4 ejemplares (2 para la BNE), como libros o folletos que son.