¿Dominio público o copyfraude de copias digitales? Prácticas en bibliotecas patrimoniales españolas

¿Dominio público o copyfraude de copias digitales? Prácticas en bibliotecas patrimoniales españolas
9 de Mayo de 2018

Rocio Ameneiros Rodríguez, Concha Varela-Orol

 

Anales de Documentación, e-ISSN 1697-7904, Vol. 21, n. 1, 2018

Las tecnologías han incidido significativamente en el tratamiento de los fondos patrimoniales de las bibliotecas, ampliando el concepto de colecciones patrimoniales con el reconocimiento de la categoría patrimonio digital, permitiendo una participación más amplia de la ciudadanía en la creación y enriquecimiento de contenidos y posibilitando el acceso a multitud de obras en dominio público. Pese a que para construir bibliotecas digitales se utilizan fundamentalmente obras en dominio público, la puesta en servicio de copias digitales ha planteado otros problemas, como la frecuente atribución de derechos de propiedad sobre tales copias.

El objeto de este trabajo es analizar las prácticas de atribución de derechos puestas en marcha por las bibliotecas españolas, en relación a las copias digitales de sus fondos en dominio público. Para ello se han analizado bibliotecas digitales y repositorios institucionales de 14 universidades públicas. La investigación se ha centrado en el análisis de los metadatos administrativos, en concreto que hacen referencia a la propiedad intelectual. Se han considerado también los avisos legales incluidos. El análisis se ha hecho en registros siempre anteriores al siglo XX. Generalmente, las bibliotecas analizadas en este trabajo no fundamentan explícitamente la atribución de derechos a las copias digitales de las obras de dominio público. La mayoría de las bibliotecas universitarias españolas utiliza los repositorios institucionales para dar acceso a sus colecciones patrimoniales digitalizadas. Un 15 % de las bibliotecas no incluyen indicación alguna respecto a la atribución de derechos, mientras otras las protegen con licencias CC o utilizan otras formas para reservarse todos o algunos derechos. En el grupo “Todos/algunos derechos reservados” se presentan plataformas con muy distintas expresiones de los mismos: “Copia permitida con finalidad de estudio e investigación, citando el autor y la fuente. Para cualquier otro uso hay que solicitar autorización”, “Todos los derechos reservados” y el símbolo © seguido del nombre de la biblioteca sobre la propia copia. También se incluyen aquí un buen número de repositorios que aplican licencias CC, que constituyen la mitad de los casos analizados. Hay cuatro bibliotecas que utilizan indicaciones de derechos diferentes en distintas copias digitales de obras patrimoniales en dominio público, sin que sea apreciable ninguna diferencia en cuanto a derechos. Los resultados indican una posición mucho más respetuosa con el dominio público en las bibliotecas y un uso significativamente más alto de la Etiqueta de Dominio Público que los mostrados por las plataformas universitarias. Un buen número de bibliotecas aplican políticas de derechos de propiedad intelectual incluidas dentro del copyfraude. El análisis de los datos indica la existencia de un alto grado de confusión sobre las políticas de derechos de propiedad intelectual de las copias digitales de las colecciones patrimoniales, con distintas soluciones para iguales fondos. También se han encontrado contradicciones entre los metadatos y los avisos legales, que no pueden más que confundir a los usuarios.

Resumen elaborado por Antonio Rodríguez Vela

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