¿Puedo obtener enlaces permanentes a registros y objetos digitales de BDH?

Sí, siempre que se cumplan las condiciones expuestas a continuación:

  • Que la inclusión de dicho enlace no tenga por objetivo finalidad lucrativa alguna y se realice únicamente para fines de investigación o conservación.
  • Que se indique siempre la fuente real del objeto digital (en este caso: Biblioteca Nacional de España); respetándose en todo momento la interfaz que por defecto se abre al realizar una consulta dentro de la BDH.
  • Que se comunique a los potenciales usuarios de este contenido que cualquier uso de las imágenes debe ser autorizado expresamente, y por escrito, por parte de la Biblioteca Nacional de España.

Estas condiciones estarían en conformidad con lo que se recoge en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual (TRLPI) modificado por la Ley 23/2006, de 7 de julio, artículos 32.1 y 37.1. Es más, no habría lugar para la remuneración por préstamo mencionada en el artículo 37.2 ya que, salvo las colecciones de Grabado Contemporáneo o colecciones similares (a las que sólo se puede acceder desde la propia sede de la Biblioteca), todo lo que se encuentra en BDH estaría en Dominio Público.

Para cualquier otra duda pueden remitirse a la legislación vigente y/o dirigirse al buzón:bibliotecadigital@bne.es