Uso de las reproducciones

La Biblioteca proporciona reproducción de sus fondos a cualquier persona o entidad que lo solicite, con arreglo a los siguientes usos: 

Investigación

Pueden solicitarse reproducciones de obras sin finalidad lucrativa y con fines exclusivos de investigación conforme a lo establecido en el art. 37.1 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 abril.

Privado

Pueden solicitarse reproducciones de obras para uso privado o particular (ni uso colectivo ni lucrativo), sin necesidad de una autorización del titular de la obra que se copia con los siguientes límites:

  • Obras de dominio público. Se podrán reproducir todas las obras que sean de dominio público.
  • Obras sujetas a derechos. se podrá reproducir hasta un máximo del 20% de un libro posterior a 1958 o de un artículo completo de una publicación periódica posterior a 1958.

Público

  • Obras en dominio público. Las imágenes de obras en dominio público que se encuentran en la web bne.es/ y accesibles en los catálogos digitales de la BNE (Biblioteca Digital Hispánica y Hemeroteca Digital) están bajo una licencia de Reconocimiento 4.0 Internacional de Creative Commons o equivalente.
Licencia creative commons CC by

El uso de dichas imágenes es gratuito y no requiere autorización previa (independientemente de si es uso público no comercial, comercial o académico). Este uso no conlleva una cesión en exclusiva e implicará citar la procedencia de la obra reproducida como "Imágenes procedentes de los fondos de la Biblioteca Nacional de España”. 

  • Obras sujetas a derechos. Se debe solicitar autorización a los titulares de los derechos de autor de la obra, normalmente a través de las entidades gestoras de derechos de autor: AGEDIAIEAISGECEDRODAMAEGEDASGAE, o VEGAP.