Centro Nacional Español del ISSN

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El ISSN (International Standard Serial Number / Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) es el código internacional de identificación de las publicaciones seriadas (revistas, periódicos, boletines, anuarios, series monográficas...).

España forma parte de la Red ISSN desde 1978, año en que se creó el Centro Nacional Español del ISSN, actualmente integrado en el Departamento de Control Bibliográfico de Revistas de la Biblioteca Nacional de España.

Solicitud del ISSN

Este trámite es gratuito.

En virtud del RD 1405/2007, de 29 de octubre, las empresas y entidades editoras radicadas en Cataluña deberán dirigirse a la Biblioteca de Catalunya.

Cómo obtener el ISSN

Publicación seriada en soporte impreso

Ya existente

  • Rellenar formulario de solicitud y enviar por correo postal a la dirección:

    Centro Nacional Español del ISSN
    Biblioteca Nacional de España
    Paseo de Recoletos, 20
    28071-Madrid

     Formulario de solicitud

  • Enviar, además, ejemplar del primer número o fascículo (o en su defecto fotocopia de portada y página de datos editoriales) y un ejemplar del número más reciente.

Todavía no editada

 

  • Adjuntar prueba de imprenta de la publicación: copia de la portada y/o cubierta, copia de la página de datos editoriales y copia de la comunicación del número de Depósito Legal.
Publicación seriada en línea

 

Solo se asignará ISSN a publicaciones seriadas con contenido cuya dirección electrónica (URL) esté operativa en el momento de hacer la solicitud.

    En todos los casos es necesario para la correcta identificación de la publicación que figure claramente indicado en algún apartado de la misma el lugar de edición y la entidad y/o editor responsable de dicha edición.

    El número de Depósito Legal es un trámite obligatorio para cualquier tipo de soporte excepto para las publicaciones seriadas en línea. Su tramitación corre a cargo del editor de la publicación.

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    Información general
    Oficinas del depósito legal

    La Ley mantiene la gestión del depósito legal a través de las oficinas de depósito legal, dependientes de las Comunidades Autónomas.

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