¿Qué es?
En 2015 se aprobó el Real Decreto que regula el depósito legal de las publicaciones en línea. Este real decreto desarrolla la Ley 23/2011, de 29 de julio, de Depósito legal, en la que se consideran por primera vez objeto de depósito legal los sitios web y las publicaciones en línea.
Son objeto de depósito legal todo tipo de sitios web y las publicaciones en ellos contenidas, siempre que contengan patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual o digital de las culturas de España.
Características
Dadas las especiales características de este tipo de publicaciones y la imposibilidad de ser exhaustivos en su captura, almacenamiento y preservación en las condiciones tecnológicas actuales, el texto legal introduce una serie de novedades con respecto a la regulación del depósito legal de las publicaciones en soporte tangible:
- La iniciativa del depósito no está en los editores, sino en los centros de conservación (la Biblioteca Nacional de España y los designados por las CC.AA. en el ámbito de sus competencias), que determinarán las prioridades en el patrimonio documental en línea a preservar.
- No se asignará número de depósito legal a las publicaciones en línea.
- Para el ingreso de estas publicaciones en los centros de conservación como depósito legal, se prevén varias vías:
- La captura automática por medio de robots que recolectan la web, para aquellos sitios web y publicaciones contenidas en ellos que estén libremente accesibles en internet.
- En el caso de publicaciones protegidas con usuario y contraseña o no capturables automáticamente (bases de datos, ebooks…), los editores y los centros de conservación acordarán la forma más eficaz y sencilla para ambas partes de hacer el depósito.
- La obligación de los editores y productores de contenido en línea se limita a dejar que los centros de conservación recolecten sus publicaciones o a facilitar el depósito cuando estos se lo soliciten.
El acceso a las publicaciones ingresadas por esta vía respetará escrupulosamente la legislación en materia de propiedad intelectual y de protección de datos de carácter personal.
La Ley 8/2022, de 4 de mayo, por la que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, actualiza la anterior normativa y en lo que se refiere al depósito legal de las publicaciones en línea, modifica su regulación con el objeto de evitar confusiones en cuanto a la obligación del depósito legal y clarificar que la iniciativa no recae en los editores o productores, sino en los centros de conservación.
Las preguntas relacionadas con el tema pueden enviarse a: archivoweb@bne.es
La Biblioteca Nacional de España, de acuerdo con el artículo 10 del el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea, puede establecer acuerdos de colaboración con las entidades públicas y privadas que dispongan de plataformas de distribución en línea de las publicaciones y recursos digitales, que ellas mismas editen o produzcan y que sean consideradas como «repositorios seguros», a efectos de conservación, siempre que estas plataformas cumplan los requisitos necesarios para desempeñar dicha función, de acuerdo con los criterios establecidos por los centros de conservación y bajo su supervisión.
Entidades colaboradoras que han firmado acuerdo
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Adenda de prórroga.
- Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE).