Dirección
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Categoría
Responsable y cargo
ÓSCAR ARROYO ORTEGA
Director General
Localización
El Director ostenta, con carácter general, la representación oficial de la BNE. Es el encargado de su gestión y de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de los fines y objetivos señalados por el Real Patronato.
Funciones
- Coordinar, impulsar e inspeccionar las actividades de las unidades de la Biblioteca Nacional de España.
- Contratar en nombre del Organismo, disponer los gastos y ordenar los pagos.
- Elaborar y presentar a informe del Real Patronato, el anteproyecto de presupuesto de la Biblioteca Nacional de España, el Plan Estratégico Plurianual y el Plan Anual de Objetivos del Organismo.
- Elevar a aprobación del Presidente de la Biblioteca Nacional de España las propuestas del plan estratégico plurianual y sus revisiones anuales; el anteproyecto de presupuesto y el plan anual de objetivos y actuaciones que lo sustenta; la Memoria de actividades y las cuentas anuales.
- Difundir, impulsar y adoptar las medidas necesarias para la ejecución de los acuerdos del Real Patronato.
- Adoptar las medidas necesarias para la protección del Patrimonio de la Biblioteca Nacional de España, sin perjuicio de lo preceptuado en la legislación sobre el Patrimonio Histórico Español.
- Velar por el cumplimiento del Reglamento y Normas de utilización de los Servicios de la Biblioteca Nacional de España y de los acuerdos adoptados por el Real Patronato.
- Impulsar y formalizar los acuerdos de cooperación con Bibliotecas y Organizaciones bibliotecarias nacionales y extranjeras que afecten a la Biblioteca Nacional.
- Disponer la distribución interna de los medios materiales y personales en el marco legal vigente.
- Tomar las decisiones precisas para la ejecución de los planes y la adopción de medidas correctoras de posibles desviaciones.
- Cualquier otra función que tenga o le sea atribuida por disposición legal o reglamentaria.
- Asumir cuantas otras funciones no estén expresamente encomendadas a los restantes órganos rectores y asesores de la Biblioteca Nacional y correspondan, de acuerdo con las disposiciones de general aplicación, a los Directores de Organismos autónomos y resulten necesarias para el normal funcionamiento de la Biblioteca Nacional.